lunes, 15 de noviembre de 2010

pandillas juveniles en ciudad bolivar

Las pandillas son grupos de adolescentes y jóvenes violentos, que cometen
robos, agresiones físicas, atentados contra el patrimonio, entre otras
infracciones a la Ley Penal.
Las más conocidas son:
• Las escolares, que identificándose con el colegio al que asisten, desarrollan
una rivalidad violenta con las de otros colegios, generalmente vecinos.
• Las de barrio, formadas en base a la identificación con un barrio y que
rivaliza con otros grupos similares.
• Las barras bravas, que se organizan en un barrio identificándose con un
club de fútbol, rivalizando con las de otros clubes.
Diversos especialistas e incluso, encuestas realizadas a los mismos
“pandilleros” señalan que el problema se origina por la falta de oportunidades
de estudio o trabajo. También, ante la existencia de hogares desestructurados,
violentos o faltos de comunicación.
Las pandillas constituyen un espacio “alternativo” al que sus integrantes
recurren, donde compensan la necesidad de comunicación y vínculos
afectivos, así como la necesidad de desarrollar un sentido de pertenencia,
estos espacios no son cubiertos en sus hogares ni en su comunidad.
Sin embargo, las actividades que se desarrollan en las pandillas tienen un
carácter inmediatista. En esencia, no contribuyen a su desarrollo personal, y
están al margen del sistema y sus normas. Tienen una consecuencia
fundamentalmente negativa.
Las pandillas reflejan un fenómeno de violencia básicamente urbano. Un
estudio elaborado por la Policía Nacional del Perú y Acción por los Niños en
el año 2000, reportó la existencia de aproximadamente 400 pandillas en Lima
y Callao, lo que representaba alrededor de 14,000 integrantes. Por cierto, el
fenómeno también se ha extendido hacia las provincias del país.
Hay hechos que realizan los “pandilleros” y que infringen las normas.
El Nuevo Código de los Niños y Adolescentes considera “pandilla
perniciosa” al grupo de adolescentes mayores de 12 años y menores
de 18 años de edad, que se reúnen y actúan para agredir a terceras
personas, lesionar la integridad física o atentar contra la vida de las
personas, dañar bienes públicos o privados u ocasionar desmanes que
alteren el orden público.
Al adolescente que, integrando una pandilla perniciosa, lesione la
integridad física de las personas, cometa violación de menores de edad
o dañe los bienes públicos o privados, utilizando armas de fuego, armas
blancas, material inflamable, explosivos u objetos contundentes, bajo
la influencia de bebidas alcohólicas o drogas, se le aplicará la medida
socio-educativa de internación no mayor de tres años. Esto quiere decir
que se aplica una medida de privación de la libertad para el adolescente
que comente infracciones a la Ley Penal como pandillero.
Sí, como consecuencia de las acciones realizadas, se causara la
muerte o se infringieran lesiones graves, la medida socio-educativa de
internamiento no será menor de tres años ni mayor de seis años.
Los padres, tutores, apoderados o quienes detentan la custodia de
los adolescentes que sean pasibles de las medidas señaladas, serán
responsables solidarios por los daños y perjuicios ocasionados.
El adolescente que se encuentre sujeto a investigación judicial, o
que se hallare cumpliendo una medida socio educativa de internación,
que proporcione al Juez información veraz y oportuna que conduzca
o permita información y ubicación de cabecillas de pandillas perniciosas,
tendrá derecho a acogerse al beneficio de reducción de hasta un
cincuenta por ciento de la medida socio-educativa que le corresponda.


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